El programa académico comprende la Negociación, la Conciliación y Mediación, y el Arbitraje Comercial.
- La negociación es una actividad que permite a las personas comunicarse, entenderse y llegar a un acuerdo. Tiene sus antecedentes en las áreas vinculadas a la diplomacia y a la actividad comercial, y, con el desarrollo histórico se ha convertido en una técnica aplicable a todas las actividades humanas.
- La conciliación deviene de conciliar, que según el Diccionario de la Real Academia significa la actividad de alguien que intenta componer y ajustar los ánimos de quienes estaban opuestos entre sí.
- La mediación implica el acto de interponer los buenos oficios para que dos o más que riñen o contienden, logren reconciliarse y solucionar el problema en amistad.
El arbitraje, entre las múltiples conceptualizaciones, es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que dicta una decisión sobre la controversia , denominada Laudo arbitral, el cual es obligatorio para las partes. Al escoger el arbitraje, las partes optan por un procedimiento privado de solución de controversias en lugar de acudir ante los tribunales jurisdiccionales estatales.
El arbitraje tiene su fuente y justificación en la autonomía de la voluntad de las partes (expresada) en el contrato. Su característica radica en la designación de una persona o de una entidad especializada encargada de proceder conforme a determinadas normas en la materia, y proporcionar una solución jurídica y ejecutable al litigio que opone a los contratantes.
En esa dimensión se analizarán los aspectos fundamentales de la Negociación, la Conciliación y Mediación, y el Arbitraje Comercial, con el propósito de hacer conocer a los participantes los diferentes medios alternativos de resolución de controversias por vías no judiciales.
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